Artículo 1.
Los lineamientos establecidos a continuación, son de interés para toda la Comunidad del Tec de Monterrey y de observancia general para toda persona que ingrese en vehículos ligeros y haga uso de los estacionamientos o ciclovías, con el objetivo regular el uso, circulación y accesos para los vehículos ligeros dentro de la institución.
Artículo 2.
El desconocimiento de los presentes lineamientos no exime al usuario de su cumplimiento o de las sanciones aplicables por incumplimiento de los mismos.
Artículo 3.
El Tecnológico de Monterrey se reserva el derecho de cerrar y/o restringir el acceso a los estacionamientos del recinto en cualquier tiempo.
Artículo 4.
El usuario acepta y reconoce que el Tecnológico de Monterrey no es responsable por lo siguiente:
- Robo total o parcial.
- Robo de bienes dejados en los vehículos ligeros.
- Daños, accidentes o lesiones derivados de su uso.
- Daños mecánicos de cualquier índole.
- Daños causados a terceros y/o por terceros.
- Daños causados por sismos, derrumbes, incendios, alborotos, vandalismo, o cualquier otro acontecimiento ajeno a la institución.
Artículo 5.
El usuario expresamente deslinda al Tecnológico de Monterrey de toda responsabilidad derivada del uso de los vehículos ligeros.
Artículo 6
Para la aplicación de los lineamientos mencionados, el Tecnológico de Monterrey queda representado por el área de ProTect y su personal, con las siguientes facultades:
- Permitir o negar, la entrada y salida de un vehículo ligero en los accesos.
- Solicitar identificación al usuario y/o información requerida para la entrada o salida.
- Solicitar que el usuario reubique su vehículo ligero.
- Solicitar que el usuario baje del vehículo ligero.
- Limitar el uso de los vehículos ligeros.
- Mover cualquier vehículo ligero de ubicación física, y si es necesario, rompiendo la cadena y/o candado de seguridad.
Artículo 7.
Sí, el vehículo ligero es particular, el usuario deberá registrarla en Movilidad, donde se le entregará una calcomanía y contraseña (IDentificador), la cual debe pegar en el vehículo ligero, y una credencial, ambas con número de identificación para permitir la salida de la institución, además de la firma de la carta de compromiso, la cual menciona:
- Respetar los lineamientos establecidos.
- Llevar a cabo la renovación de la identificación de manera anual.
- Acepta que el vehículo ligero se considerará donación (dado de baja) de la institución, al estar durante un semestre académico o periodo intensivo en abandono.
- No es posible la permanencia prolongada de vehículos ligeros en las instalaciones por motivo de: vacaciones, verano o intercambio.
Se recomienda ampliamente el uso de accesorios de protección personal para el uso de los vehículos ligeros.
Artículo 8.
Los vehículos ligeros particulares deberán tener pegada la calcomanía asignada y su credencial al momento de salir de la institución.
Artículo 9.
Las BiciTec son de uso gratuito y exclusivo dentro de la institución para estudiantes, profesores y colaboradores, por lo que queda prohibido: extraerlas, resguardarla para uso exclusivo, encadenarlas, o asegurarlas en sitios para uso exclusivo.
Artículo 10.
Los vehículos ligeros deberán dejarse siempre en los estacionamientos asignados destinados para ese fin.
Artículo 11.
Los casos de personas ajenas a la institución (invitados, cursos, capacitación, hijos, etc.) tienen prohibido el uso de las BiciTec por motivos de
- Responsabilidad en casos señalados en el Artículo 4 incisos del c al f.
- Seguridad.
- Respeto y sana convivencia no acordes a los valores institucionales.
- Desconocimiento del reglamento.
Artículo 12.
Queda prohibido dejar, los vehículos ligeros y BiciTec, fuera de estacionamientos de bicicletas y patinetas (racks), pasillos, áreas de circulación, y puntos de acceso.
Artículo 13.
Queda prohibida la circulación con cualquier vehículo ligero o BiciTec por los pasillos de las aulas, al interior de los edificios, escaleras y todas aquellas áreas no mencionadas que no estén destinadas para ese propósito, solamente se permite circular por las vías señaladas para este fin.
Artículo 14.
Respetar y acatar la señalética indicativa de piso, horizontal y vertical, colocado temporal o permanentemente.
Artículo 15.
Durante cambios de hora de gran flujo peatonal y en los pasos a desnivel o pendientes mayores a 10% el usuario de un vehículo ligero deberá bajar del mismo y transitar a pie por precaución y evitar accidentes.
Artículo 16.
Está prohibido hacer uso del teléfono celular o cualquier aditamento que contribuya a la distracción en el manejo mientras se conduce y circula en un vehículo ligero.
Artículo 17.
Serán motivo de sanción las siguientes faltas:
- Hacer mal uso de los vehículos ligeros.
- Ocasionar algún daño a los vehículos ligero o a las instalaciones.
- Hacer acrobacias.
- No colocar vehículos ligeros en los sitios asignados.
- No respetar la prioridad de los peatones.
- Circular fuera de las vías y zonas prohibidas según la señalética.
- Extracción fuera del campus de las bicicletas propiedad de la institución.
Artículo 18.
Toda persona que quebrante alguno de los lineamientos será acreedor a las siguientes sanciones:
Estudiantes: (verificar si alinear con reglamento de estacionamientos.)
- 1ra. ocasión: amonestación verbal y registro.
- 2da. ocasión: amonestación escrita con copia a la Dirección de Carrera y Conducta Estudiantil de Liderazgo y Formación Estudiantil.
- 3ra. ocasión: sanción por medio de Conducta Estudiantil de Liderazgo y Formación Estudiantil.
Profesores y Colaboradores:
- 1ra. ocasión: amonestación y turnado a la Dirección de Talento.
Nota: las mismas sanciones serán aplicables a todo vehículo ligero de cualquier usuario externo (que no sea: estudiante, familia tec, profesor o colaborador), avisando del incumplimiento del reglamento a la persona del campus con la que se tenga el contacto o relación laboral. Los casos no previstos en el presente reglamento serán determinados por el área de Movilidad y posteriormente, serán turnados a las áreas correspondientes.